Este trabajo realiza un estudio sistemático de las posibles acciones de impugnación de actos y contratos anteriores a la declaración del concurso. El art. 71.6 de la Ley concursal declara la compatibilidad de la rescisoria concursal con otras posibles acciones de impugnación, por lo que es necesario precisar cuáles son esas acciones y en qué medida su régimen jurídico general (legitimación, efectos) queda afectado por la declaración del concurso.
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