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Resumen de Incidencia de la ampliación de la Unión Europea en sus procedimientos de toma de decisiones

José Luis García Lapresta, Miguel Martínez Panero

  • La futura ampliación de la Unión Europea (UE) ha abierto un debate sobre los procedimientos de decisión en sus instituciones. Ya desde sus inicios, el Consejo ha estado formado por un representante de cada Estado miembro. Dada la gran diferencia de población de los Estados que sucesivamente han formado parte de la UE, se estableció un método de votación por mayorías cualificadas, en donde los votos de los Estados miembros quedaban ponderados según su población.

    El tratado de Amsterdam (1997) implantó, entre otros procedimientos de decisión, el sistema de mayoría doble para lograr algunas decisiones en el seno del Consejo de la UE: se requieren al menos 62 votos de un total de 87 y, simultáneamente, el apoyo de al menos 10 de los 15 Estados miembros. Se pretende así que los acuerdos tengan un amplio respaldo, tanto de los países que integran la UE como de la población que representan. Con objeto de que la ampliación se lleve a cabo con éxito se ha propiciado la creación de un organismo, la Conferencia Intergubernamental (CIG), uno de cuyos principales cometidos consiste en establecer nuevos procedimientos de votación antes de que se superen los 20 Estados miembros. Para ello, además de las oportunas reponderaciones, se están reconsiderando también los mínimos valores de respaldo exigible (o umbrales de cualificación), que actualmente se sitúan en torno al 70%. En este sentido, en 1998 se postulaban valores en torno a 3/5, pero desde enero de 2000 se ha propuesto por parte de la Comisión Europea un procedimiento que aún rebajaría esta expectativa hasta valores del 50%. En éste último caso, para que una decisión se adoptase debería estar respaldada por más de la mitad de los Estados miembros, que a su vez representasen una población de más de la mitad del total de la Unión ampliada.

    En este trabajo, partiendo de los casos planteados, se lleva a cabo un análisis estructural de una amplia gama de mayorías cualificadas y mayorías dobles, estableciéndose un marco formal que integra los procedimientos de votación reseñados junto a otros posibles. De esta forma se ponen de manifiesto diversas relaciones que permiten hablar de una jerarquía en el entramado decisional resultante. Así mismo, se reseñan diversas estimaciones recientes acerca de la idoneidad del procedimiento propuesto por la Comisión Europea, obtenidos mediante cálculos basados en índices de poder.


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