Las técnicas de reproducción asistida han generado serias consecuencias de índole tanto ética como jurídica, en la determinación de la filiación, sea paterna o materna, así como también, en la posibilidad que tienen las parejas, que buscan este procedimiento, para lograr tener un hijo o para elegir el sexo de un embrión viable, o de eliminar enfermedades congénitas o hereditarias. Cuando se habla de reproducción asistida se están considerando las técnicas que permiten la posibilidad de ser padres a algunas personas que, sin la ayuda de estos adelantos biotecnológicos, no hubiesen sido posible. Estas modalidades de reproducción humana se realizan mediante técnicas de: inseminación artificial homóloga; inseminación artificial heteróloga o eutelegenésica, encontrando aqui dos posibilidades: que se practique la reproducción con el consentimiento del marido o sin el consentimiento de éste; fecundación in vitro homóloga; fecundación in vitro con donación de ovulos; transferencia intratubárica de gametos en mujeres con obstrucción de trompas y transferencia nuclear. Si bien, con estas formas de reproducción asistida no media la relación carnal, se genera filiación entre el niño nacido y los padres que tuvieron la voluntad procreacional o deseos de ser padres. La ciencia también ha previsto la posibilidad de tener descendencia mediante la maternidad subrogada o vientres de alquiler, procedimiento duramente criticado por las dificultades que genera en cuanto a la determinación del parentesco. Pero más grave aún es la clonación. En el mundo se clama por su prohibición, ni siquiera la que, quien la preconiza como la solución a múltiples enfermedades del ser humano, han llamado clonación terapéutica. En una se pervierte todo cuanto significa el parentesco y en la otra se destruye un ser humano por la supuesta idea de salvar vidas.
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