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Algunas cuestiones sobre la comunicación de los créditos concursales

  • Autores: Rafael Gimeno-Bayón Cobos, Jacinto Gimeno Valentín-Gamazo
  • Localización: Revista de derecho concursal y paraconcursal: Anales de doctrina, praxis, jurisprudencia y legislación, ISSN 1698-4188, Nº. 12, 2010, págs. 219-253
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La comunicación de los créditos es una de las variantes que la Ley concursal estalece para que los acreedores se aseguren de que sus derechos de crédito acaben reconocidos en la lista que debe acompañar la administración concursal en su informe. No obstante, aquellos acreedores que no los comuniquen, o no lo hagan dentro del corto espacio de tiempo fijado por la norma, corren el riesgo de ser expulsados de la universalidad que preside el proceso concursal. En este artículo pretendemos sistematizar y dar opinión a algunas de las cuestiones que al respecto se han suscitado, ya sea por la doctrina como por nuestra diaria práctica en los Juzgados y Tribunales.


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