La función directiva en las Administraciones parlamentarias tiene peculiaridades que la distinguen respecto del resto de Administraciones públicas, básicamente porque cada Cámara tiene una regulación propia de la misma. En este artículo se pretende realizar una serie de reflexiones en torno a aspectos como el modo de seleccionar o nombrar a este personal directivo, o el perfil que un directivo de Parlamento debe tener, todo ello teniendo en cuenta la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como las exigencias de calidad y excelencia que persiguen las instituciones parlamentarias en la actualidad
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