La Ley Concursal prohibe las apelaciones independientes frente a las sentencias incidentales dictadas con anterioridad al convenio. Como contrapartida, establece un sistema de impugnación diferida, mediante la "apelación más próxima". que es controvertido en la práctica concursal. Este estudio indaga en el sentido y alcance de la "apelación más próxima" atendiendo a la estructura del procedimiento y las soluciones del concurso (convenio o liquidación), analiza los presupuestos de esta impugnación diferida (protesta y gravamen) y su parcial aplicación a los autos dictados en el procedimiento concursal. También es objeto de análisis la reforma legal de la "apelación más próxima" introducida por el Real Decreto-Ley 3/2009.
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