Sin duda, el fenómeno de la trata de personas constituye una de las cuestiones más importantes dentro del derecho migratorio. En este trabajo básicamente se analiza la respuesta ofrecida en el derecho penal español a este tipo de actividad delictiva, con particular atención a la regulación contenida en el artículo 318 bis del Código Penal, y a la diferencia que este establece entre tráfico ilegal e inmigración clandestina, sobre el bien jurídico protegido, a la definición de explotación sexual, etc. Todo ello nos llevará a la conclusíón de que tanto la redacción del artículo 318 bís del Código Penal como sus relaciones con otros delitos son manifiestamente mejorables si se quiere establecer un marco jurídico realmente eficaz y coherente.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados