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La derogación de las faltas del Código Penal: nuevas vías para luchar contra la «delincuencia menor»

  • Autores: Vicente Magro Servet
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7258, 2009
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Hacia la derogación del Libro III del Código Penal que tipifica las faltas en los arts. 617 a 637 CP y su consideración como delito, a fin de conseguir un doble objetivo: por un lado, evitar la impunidad con la que se contemplan las faltas en la sociedad actual, lo que conlleva una reiteración de estos hechos ante las nulas consecuencias penales que para sus autores supone la comisión de los mismos, y, por otro, lado, permitir la aplicación de programas formativos y de reeducación para los autores de estos hechos considerados faltas en la actualidad, lo que es inviable en éstas e impide aplicar estas medidas a sus autores. Por último, esta medida permite que los perjudicados por las faltas tengan más garantías de poder cobrar sus responsabilidades civiles al imponerse en los delitos la pena de prisión que para ser suspendida requiere que se hayan satisfecho estas responsabilidades civiles>>


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