En el presente artículo se analizan las reformas procesales introducidas por el Real Decreto-Ley 3/2009, relativas al cómputo de plazos procesales por el nuevo régimen de publicidad, a la intervención del abogado administrador concursal en los incidentes, a la comunicación del arto 5.3, y a otras normas procesales, en materia de expedientes de regulación de empleo, publicación e impugnación del informe de la administración concursal, apelación más próxima, personación en la sección de calificación, modificación del límite mínimo de pasivo para aplicar el procedimiento abreviado, y supresión de la vista en los incidentes concursales.
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