La discusión acerca de la materialización o no de una conducta delictiva, en la teoría preventiva del ilícito, debe resolverse mediante el tipo de riesgo que las acciones implican y el grado de peligro que podrían generar a los elementos que se pretenden proteger. En esta medida, el presente escrito fundamenta y aborda la postura según la cual a efectos de obtener la prevención de un ilícito en la sociedad, la producción de un resultado mediante una conducta activa u omisiva es absolutamente irrelevante, puesto que lo realmente importante es el riesgo creado con tal conducta y es ese el punto fundamental a tener en cuenta a efectos de imputar responsabilidad penal.
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