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Los delitos sexuales: la ley y la práctica judicial en la Provincia de Buenos Aires durante el período de codifcación del derecho penal argentino (1877-1892)

  • Autores: Gisela Sedeillán
  • Localización: Historia Crítica, ISSN-e 1900-6152, ISSN 0121-1617, Nº. 37, 2009 (Ejemplar dedicado a: Tema abierto), págs. 100-119
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Al sancionarse el primer código penal en la Provincia de Buenos Aires en el año 1877, los jueces interpretaron que en los delitos de violación y estupro la justicia no podía proceder de oficio, sino a querella de la interesada. Esta regulación del procedimiento judicial conllevó profundas transformaciones en la práctica jurídica, al operar más como un obstáculo para la protección de los derechos de las víctimas que un beneficio, ya que al encontrarse éstas limitadas para tomar parte en el proceso judicial como querellantes, implicaba la imposibilidad de que los imputados fueran penalizados. En el Código Penal nacional se reformó la normativa vigente con el objetivo de conciliar la ley con la realidad social de las víctimas y hacer posible el otorgamiento de una tutela efectiva a los derechos de quienes depositaban en el Estado la potestad punitiva. Circunscribimos este trabajo al período comprendido entre los años 1877 y 1892, con el objeto de analizar la aplicación e interpretación del Código Penal provincial y los cambios introducidos con la sanción del Código Penal nacional en la administración judicial.


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