Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de El procedimiento reparcelatorio (I)

Fernando García Rubio

  • La ejecución del planeamiento tiene como principal función llevar a cabo en la realidad las previsiones establecidas por el planeamiento, que al fin y al cabo, pese a su carácter normativo, tiene una naturaleza especialmente volitiva, por lo que esta fase de la regulación urbanística tiene una trascendencia cardinal en lo que se refiere a las actuaciones necesarias para la correcta cumplimentación del proceso urbanístico.

    Para llevar a cabo la ejecución, debemos reiterar la existencia de dos operaciones; una de carácter técnico, que es la transformación del suelo mediante la urbanización, y otra de carácter jurídico, que implica la sustitución de las fincas iniciales existentes de carácter rústico por unas nuevas fincas resultantes de carácter ya urbano, mediante el correspondiente proceso de equidistribución de los beneficios y cargas del planeamiento, a que se ven abocados todos los poderes públicos actuantes en el proceso de transformación urbana conforme el principio rector de la política social y económica establecido por el art. 47.2 de la Constitución española de 1978, que mandata para la necesaria participación de la comunidad en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus