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Resumen de Una somera aproximación a la libertad de prensa en Madrid durante la II República

Galo Hernández Sánchez

  • La Constitución de diciembre de 1931 va a establecer la libertad de prensa. Aunque ese derecho no se va a poder ejercer al cien por cien, porque el Estado va a poner límites: la Ley de Defensa de la República de octubre de 1931 y la Ley de Orden Público de 1933. La documentación utilizada procede de telegramas entre el gobernador civil de Madrid y el ministro de la gobernación. En agosto de 1932 son suspendidos los diarios ABC, El Debate, Informaciones, Diario Universal, El Siglo Futuro, La Nación, además de Blanco y Negro, Gracia y Justicia, Acción Española, Aspiraciones, Marte. También, se puede reseñar la suspensión del diario Ejército y Armada, en octubre de 1931; la del comunista Mundo Obrero, en diciembre de 1933; la suspensión indefinida de Diario de Avisos, en septiembre de 1934; la suspensión de El Socialista, en octubre de 1934. De todas maneras, la II República respeta de forma clara la libertad de prensa.


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