La metodología aplicada con el fin de incorporar a personas con minusvalías al mercado laboral es objeto de un profundo análisis que se detalla a continuación.
Obligada y necesaria es la aplicación de principios ergonómicos en la mejora de las Condiciones de Trabajo.
Obligada si se ha de cumplir con los aspectos normativos que derivan de la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), que explícitamente incluye a la Ergonomía como área preventiva.
Necesaria ya que la Ergonomía contempla aspectos preventivos y/o organizativos no considerados por otras áreas, además de ser una disciplina de incuestionable valor en el diseño de puestos de trabajo.
Este artículo trata de poner de manifiesto y de justificar la afirmación referida al comienzo de esta introducción. Esto se realizará a través de la descripción de una intervención ergonómica llevada a cabo por técnicos del Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (CNCT) de Barcelona, centro perteneciente al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).
Se considera que el interés de este artículo, y por extensión el de la intervención a que se refiere, se debe fundamentalmente a dos cuestiones:
1.Al hecho de tratarse de un caso de Ergonomía Aplicada y no a lo que es más habitual, Ergonomía contemplada desde un marco teórico y/o académico. 2.Debido a que la actuación que se describe ha tenido como objetivo un colectivo de trabajadores considerado como "desfavorecido". Este colectivo a que se hace referencia es el de personas con minusvalía que desarrollan su actividad laboral en los denominados Centros Especiales de Empleo (CEE).
La ergonomía aplicada en la adaptación de puestos de trabajo para personas minusválidas cumple dos objetivos básicos: en primer lugar, facilita la incorporación al mercado laboral de personas, o más bien de colectivos, que poseen un alto valor añadido de dificultad para acceder al mismo; en muchos casos puede llegar a ser la única vía de acceso a un determinado puesto de trabajo. En segundo lugar, y no menos importante, promueve la acción de mejora de las condiciones de trabajo, cumpliendo en este caso una función eminentemente preventiva.
Es por lo tanto un caso que puede ser enmarcado en dos ámbitos diferenciados, aunque necesariamente unidos: el de la Prevención de Riesgos Laborales y mejora de las Condiciones de Trabajo y el de la Integración Laboral de los Minusválidos.
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