El delegado de prevención es una figura de representación y participación de los trabajadores, específica y especializada en prevención de riesgos laborales. Este representante es creado por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y se le asigna una amplia gama de competencias y funciones orientadas al diálogo y la cooperación con el empresario en la prevención de riesgos en la empresa. Su vinculación subjetiva con la representación unitaria, la deficiente regulación de su organización y funcionamiento, así como la escasa dotación de recursos para el ejercicio de sus funciones, genera problemas de operatividad. En otras ocasiones, la solución viene de la mano de la negociación colectiva o el acuerdo con el empresario, de forma que se le dote de la entidad.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados