La aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la prescripción de los delitos, distinta a la mantenida por el Tribunal Supremo, supone en materia de responsabilidad civil ex delicto que las pretensiones civiles acumuladas en el proceso penal queden imprejuzgadas y deban plantearse de nuevo ante los tribunales civiles. En este artículo se analizan los criterios que deben tenerse presentes para este nuevo enjuiciamiento de las responsabilidades civiles derivadas de un hecho criminal.
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