Los principios rectores del tiempo parcial son el de equiparación, el de proporcionalidad, y el de voluntariedad. Estos son los encargados de configurar las condiciones laborales propias de esta figura contractual y sus diferencias o similitudes frente al trabajo a tiempo completo.La relevancia de estos principios rectores que imperan en el trabajo a tiempo parcial reside en que son los que configuran dicho régimen jurídico. Según el principio que sea aplicable en cada supuesto del tiempo parcial o condición laboral podremos afirmar que su regulación será la misma que para el trabajo a tiempo completo, y en otros casos los trabajadores a tiempo parcial no gozarán de esta opción, sino que poseerán sus propias especialidades y particularidades.
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