El presente trabajo, presenta el alto relieve que cobra por la complejidad del tema, pues mientras una persona cambia su sexo por medio de la intervención médica, su situación civil no se altera, y al contraer matrimonio puede incurrir en un matrimonios ilegal, así lo estima el Capitulo II del titulo XI art. 217 y ss del Código Penal español; especialmente en los delitos de bigamia, art. 217 y del Juez que autoriza matrimonios prohibidos por la ley, art. 33.
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