El autor en el presente artículo realiza un analiza las retenciones sobre rendimientos de trabajo en retribuciones de miembros de Consejos de Administración o de Juntas que hagan sus veces: porcentaje del 40% en liquidación del año 1999. Así como la nulidad, por impugnación directa, del art. 75.1.2.º del Reglamento del Impuesto, RD 214/1999, de 5 de febrero, reiterado en el RD 1968/1999, de 23 de diciembre. Se cuestiona si cabe admitir y estimar cuestión de ilegalidad contra el anterior art. 45.2 del RD 1841/1991, de 8 de noviembre (redacción según el RD 113/1998, de 30 de enero).
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