En Derecho anglosajón es usual la existencia de pactos prematrimoniales o premarital agreement, que regulan las consecuencias para los cónyuges de una eventual ruptura matrimonial. En nuestro Derecho, en los últimos años se ha vivido una evolución que ha llevado al divorcio libre o sin causa; lo que unido a una cultura divorcista, lleva a muchos juristas a plantearse la validez de los acuerdos prematrimoniales ya que no sólo a nivel doctrinal, sino en la realidad diaria de nuestros despachos los clientes se cuestionan la posibilidad de pactar, antes del matrimonio, las consecuencias de su disolución . En el presente artículo trataré de realizar un acercamiento al problema y a las principales cuestiones que plantea, tratando de dar una respuesta práctica y fundamentada a los interrogantes que surgen al abordar esta difícil y escurridiza materia.
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