Me propongo mostrar los efectos, en nuestros servicios sociales, de los acuerdos y compromisos internacionales de España. Tales efectos pueden ser, por una parte, morfológicos. Quiero decir que podría haberse producido una influencia política de las normas de Naciones Unidas (NU), de acuerdos bilaterales, del Consejo de Europa o de la Comunidad Europea (CE) -hoy UE- en la configuración técnica de los servicios sociales españoles. De otra parte, voy a examinar las obligaciones jurídicas de nuestro país con los ciudadanos extranjeros en la rama que nos ocupa. Quede advertido, por adelantado, que el fruto de esta recolección será escaso.
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