Este artículo pretende ofrecer una explicación satisfactoria sobre el porqué de algunas de las críticas que se han realizado o se realizan desde el derecho internacional acerca de la transición española, o de forma más concreta, acerca del tratamiento de los crímenes pasados durante la misma. Para ello, se comenzará por presentar algunas consideraciones básicas sobre el funcionamiento general del ordenamiento jurídico internacional, presentando especial atención a la identificación de algunos de sus principios básicos. A continuación, se examinará su operatividad durante un proceso de transición; para finalmente aplicar lo concluido a algunos aspectos e iniciativas diseñadas en la transición política española, incidiendo singularmente en su coherencia o incoherencia jurídica y política.
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