El Consejo General del Poder Judicial ha venido utilizando desde 1989 diversos baremos encaminados a medir el rendimiento de jueces y magistrados, con el fin no sólo de conocer las necesidades de la planta judicial, sino también de valorar el desempeño profesional de aquéllos antes de resolver sobre importantes aspectos de su vida profesional. Esos baremos constituyen la piedra angular del sistema de retribuciones variables implantado por la Ley 15/2003 para tratar de estimular el esfuerzo judicial: los jueces que acrediten un rendimiento superior al 120% del fijado para su destino por los baremos serán recompensados con un aumento retributivo; los que no alcancen el 80% por causas que les sean imputables sufrirán una minoración de sus retribuciones fijas. Por el foro corre el rumor de que este sistema ha podido influir negativamente sobre la calidad e incluso el sentido de muchas decisiones jurisdiccionales, al incentivar soluciones y prácticas discordantes con las prescritas por el ordenamiento jurídico. El autor ofrece un modelo teórico que permite explicar dichas distorsiones y concluir que no es aconsejable remunerar a los jueces mediante semejantes sistemas. El modelo se contrasta luego con algunos datos empíricos, que sugieren que los rumores no son infundados.
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