Desde finales de septiembre de 2006 existe la obligación de alcanzar una contribución solar mínima en la preparación de agua caliente sanitaria en viviendas. La cuantía de esta contribución viene fijada en el documento HE4 del Código Técnico de la Edificación. En España existe una larga experiencia en las instalaciones solares térmicas. En muchos casos las instalaciones dan servicio a viviendas unifamiliares, siendo de poca complejidad técnica y con unos parámetros de diseño muy limitados. En otros casos se trata de instalaciones centralizadas que dan servicio en el sector terciario: hoteles, polideportivos, etc.
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