La nueva LCSP mantiene una regulación continuista del contrato de gestión de servicios públicos. En tal sentido continúan en vigor las clásicas formas de gestión indirecta, sin que la Ley haya aprovechado para regular las nuevas formulas de cooperación público-privada. Pocas novedades, salvo alguna ampliación de plazos en las modificaciones contractuales y la clarificación de una posible retribución al margen de la tarifas, en un contrato que necesita una puesta al día.
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