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Una introducción a la situación actual y perspectivas de la adopción en la Comunidad de Madrid

  • Autores: Antonio Ferrandis Torres
  • Localización: Monografías de psiquiatría, ISSN 0214-4220, Vol. 20, Nº. 2, 2008 (Ejemplar dedicado a: Adopción y psico(pato)logía / coord. por José Luis Pedreira Massa), págs. 14-20
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En las últimas décadas del siglo XX, en el nuestro como en otros países, se ha desarrollado un sistema de protección a la infancia que comprende un conjunto de dispositivos legales e institucionales dirigidos a atender y promover el bienestar de la infancia, especialmente de los casos en que el entorno sociofamiliar y comunitario es incapaz de garantizar la adecuada atención a las necesidades y derechos de los niños y niñas.

      Tanto la legislación internacional como nuestro ordenamiento jurídico coinciden en asociar la protección del niño a la protección de su propia familia, como ámbito natural y fundamental para su crianza y educación. Esta preferencia por el medio familiar debe tenerse en cuenta también cuando falte, por diversas causas, la familia de origen.

      El reconocimiento de la existencia del maltrato a la infancia dentro de la propia familia y la ineficacia de los sistemas tutelares tradicionales para garantizar la seguridad y la adecuada atención a los niños, motivó la creación de instrumentos legales para que, en virtud del superior interés del niño, pueda intervenirse en la dinámica familiar e incluso suspenderse temporal o definitivamente los derechos de los progenitores (y si las circunstancias lo exigen, con carácter de urgencia), y ofrecer al niño un entorno familiar complementario o sustitutivo.

      El sistema de protección infantil de una sociedad comprende una extensa gama de servicios, programas e instituciones concebidos y desarrollados para asegurar a los niños el cuidado, la protección y el tratamiento que necesitan cuando sus padres, por diversas razones, no son capaces de proporcionárselos. La adopción constituye la medida más drástica de protección en la medida en que implica la sustitución definitiva de la familia biológica y la extinción de los vínculos que unían a la persona adoptada con su familia de origen.


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