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Injustos absoluto y relativo

  • Autores: Georg Jellinek, José Luis Guzmán Dalbora (trad.)
  • Localización: Revista electrónica de ciencia penal y criminología, ISSN-e 1695-0194, Nº. 10, 2008
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El escrito reproduce la conferencia que Georg Jellinek pronunció en el año 1879 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Viena para la obtención de la venia legendi en Filosofía del Derecho. En él, Jellinek desarrolla el problema de si puede haber o no una diferenciación en el interior de la antijuridicidad, de acuerdo con las consecuencias que el Derecho asocia a sus manifestaciones, según sea una pena o bien una sanción extrapenal. El autor pasa revista a las teorías conocidas en su época, todas las cuales rebate, y concluye que lo injusto es una categoría unitaria dentro del ordenamiento jurídico. Que éste acuda a una pena para sancionar sus expresiones más graves, no depende de un imperativo absoluto, de corte hegeliano, sino de concretas exigencias sociales. Para Jellinek, la teoría hegeliana del injusto, según la cual a toda contravención de un mandato jurídico que proceda de la voluntad culpable de un sujeto debe el Estado inexorablemente desplegar su actividad punitiva, se encuentra en rotundo desacuerdo con un fenómeno característico del Derecho positivo presente en todas las naciones civilizadas: la existencia de ciertas acciones antijurídicas dolosas y culposas a las que sin embargo no se impone pena alguna. Esta circunstancia se encuentra lógicamente en las antípodas de los postulados defendidos por los partidarios de las teorías absolutas en general.


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