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El convenio en los dos años y medio de vigencia de la Ley concursal

  • Autores: Alberto Díaz Moreno
  • Localización: Revista de derecho concursal y paraconcursal: Anales de doctrina, praxis, jurisprudencia y legislación, ISSN 1698-4188, Nº. 8, 2008, págs. 139-151
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Contrariamente a lo que probablemente se esperaba, el número de convenios concursales alcanzados en los pocos años transcurridos desde la entrada en vigor de la Ley Concursal ha resultado muy limitado. Esta circunstancia es vista por lo general como un "fracaso" del sistema legal, que no habría sido capaz de alcanzar uno de sus objetivos principales: la promoción de los acuerdos entre deudor y acreedores como la solución preferible para las situaciones de crisis económica en la medida en que posibilita la satisfacción de la colectividad de acreedores protegiendo, al mismo tiempo, otros intereses (por contraposición -se dice frecuentemente- a la mera liquidación de los bienes del deudor con posterior distribución de lo obtenido entre los acreedores). Sin embargo, el problema real no radica en el reducido número de convenios perfeccionados, sino en la falta de propuestas formuladas. Y las causas de esta "disfunción" pueden encontrarse, de un lado, en las características del régimen legal (que no incentiva suficientemente a deudor y acreedores para solicitar oportunamente la apertura del concurso). Pero, de otra parte, debe también tenerse en cuenta el predominio, entre los operadores económicos, de una visión anticuada del significado de los procedimientos concursales. Esta errónea concepción los conduce a demorar, tanto como les es posible, la apertura del concurso, reduciendo así dramáticamente las posibilidades de alcanzar un convenio.


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