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Consideraciones sobre la naturaleza del capital social en las sociedades cooperativas de trabajo asociado

  • Autores: Sonia Martín López, Gustavo Lejarriaga Pérez de las Vacas, Javier Iturrioz del Campo
  • Localización: REVESCO: revista de estudios cooperativos, ISSN 1135-6618, Nº. 91, 2007, págs. 93-119
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), actualmente denominadas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), han clasificado al capital social de la sociedad cooperativa como recurso ajeno, al tratarse de un pasivo exigible por estar sujeto a ¿cancelación o devolución¿, cuando el socio decida causar baja de la misma. Esto ha reabierto el debate en el mundo cooperativo entre los defensores y los opositores a dicha clasificación. El principal argumento en contra de esta consideración es que, se considera que se puede poner en peligro la subsistencia y viabilidad económica de la sociedad al presentar una imagen ante terceros que no ofrece garantías suficientes. No obstante, la CINIIF 2 deja una puerta abierta para considerar la totalidad del capital social, o una parte del mismo, como recurso propio siempre que la cooperativa posea el derecho incondicional o parcial a rechazar el rescate de las aportaciones realizadas por los socios. En este estudio se realiza un análisis del capital social en las sociedades cooperativas de trabajo asociado teniendo en cuenta las implicaciones de considerar al capita social como un recurso ajeno o como un recurso propio. En este último caso, tendría lugar una aproximación aún mayor entre la figura de la sociedad cooperativa de trabajo asociado y la sociedad laboral.


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