A partir de la constatación de ciertos presupuestos básicos del perfil jurídico del empleo el trabajo propone un acercamiento al fenómeno metajurídico del turismo, señalando: la concurrencia de títulos competenciales en materia de turismo, algunas ideas sobre la "estacionalidad" de las actividades turísticas, para concluir con un replanteamiento del binomio empleo estable y empleo precario (o temporal), que abre paso a la exposición de las más relevantes reformas normativas en materia de contratos de trabajo en España: la evolución desde la figura típica del "contrato indefinido" y el abuso de la contratación temporal para fomento del empleo hacia el fenómeno amplio del "fomento de la contratación indefinida" y "el contrato para el fomento de la contratación indefinida", los contratos temporales, particularmente la distinción entre la temporalidad de la causa y la temporalidad de la duración del contrato, y una especial referencia a: los trabajos fijos discontinuos y el trabajo a tiempo parcial.
Los autores "avanzan" como conclusiones una serie de temas para el debate, destacando como: la "globalización" y generalización internacional del fenómeno turístico intensifica los denominados mercados nacionales o domésticos; el turismo es un fenómeno relacionado con el estado de bienestar, del que, a su vez, es pieza clave, el empleo y su fomento; la normación jurídica y el tratamiento tanto institucional como político del empleo y el turismo interaccionan recíprocamente y también respecto a otras importantísimas materias como, por ejemplo, el medio ambiente (lo que hace imprescindible la regulación internacional de niveles de protección social y medioambiental); estos procesos de interacción y producción de externalidades se agudizan en el entorno geográfico del Mediterráneo como resultado de la confluencia de dos dinámicas o vectores (distintos, y al menos en parte contrarios): por un lado la dinámica (centrípeta) originada por los fenómenos de integración económica (así, la Unión Europea) y de otro lado el triunfo del paradigma tecnoeconómico neoliberal de librecambio comercial absoluto (dinámica centrífuga); el turismo, mientras tanto, se encuentra en plena transformación pasando desde el modelo de sector productivo caracterizado por las bajas exigencias financieras y profesionales a ser una industria demandante de inversión en infraestructura económica y, sobre todo, infraestructura social (educación y formación) al mismo tiempo que ofertante o generadora de empleo.
En España, la contratación laboral indefinida ha sido tradicionalmente preferida por el legislador y rechazada por el empleador; a esto se pretende dar fin con el giro marcado a la normativa laboral para el fomento del empleo que desde 1997, se orienta al fomento de la contratación laboral indefinida, (desapareciendo los "contratos temporales para el fomento del empleo, sustituidos hoy por el denominado "contrato para el fomento de la contratación indefinida"); asimismo hay que tener presente nuevas "realidades" con origen en la extensión de: la contratación de servicios profesionales laborales a través de la empresas de trabajo temporal, el fenómeno de las subcontratas y cierta "huida" hacia la contratación temporal "estructural" (ex art. 15 ET); sin olvidar la importancia con motivo de las actividades turísticas (y su estacionalidad) de la contratación laboral: a tiempo parcial y para trabajos fijos discontinuos.
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