A diferencia de lo que ocurre en otros ordenamientos europeos, el Derecho italiano sigue manteniendo un presupuesto subjetivo del concurso con importantes restricciones. Incluso tras la última reforma, el Ordenamiento del país trasalpino limita los procedimientos concursales a los empresarios mercantiles que tengan unas mínimas dimensiones. Se ha debatido mucho sobre la necesidad de cambiar este sistema cerrado y ampliarlo a todos los empresarios, a los particulares y, especialmente, a los consumidores. En este trabajo se describe el estado legal de la cuestión, se describen los intentos de reforma en la materia y se realizan consideraciones críticas sobre el posible futuro del sistema concursal italiano en estos aspectos subjetivos.
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