En este trabajo se analizan los conflictos de normas que se plantean entre la Disposición adicional novena de la Ley de tráfico —incoporada por Ley estatal 17/2005—, con respecto al derogado artículo 71.5 y al vigente artículo 71 bis de la Ley aragonesa 5/ 2002 de caza. Se trata de dos normativas aplicables en Aragón y que regulan de manera diferente el supuesto de hecho de los accidentes de carretera provocados por animales de caza, lo que puede generar problemas en la práctica, urgiendo establecer cuál es la ley aplicable. Para resolver este conflicto de normas puede recurrirse al artículo 149.3 de la Constitución española que establece la denominada cláusula de prevalencia de la ley estatal sobre la autonómica, cuando, como en este caso, se trata de un conflicto generado entre normas dictadas en relación a diferentes materias, siendo competentes, en cada una de estas materias, el Estado y la Comunidad Autónoma aragonesa.
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