La definición convencional de pequeña y mediana empresa, PYME, aplicada por los Estados miembros de la Unión Europea desde 1996, ha venido generando toda una serie de dificultades de interpretación. Es por ello que la Comisión Europea ha presentado un proyecto de recomendación en el que, por razones de claridad, viene a modificarse y reformularse aquel texto original, que tiene como destinatarios expresos a los Estados miembros, el Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Europeo de Inversiones. En el artículo, se analizan las razones que justifican una nueva y más clara definición, junto a algunas valoraciones críticas sobre el proyecto presentado.
La definición convencional de pequeña y mediana empresa, PYME, aplicada por los Estados miembros de la Unión Europea desde 1996, ha venido generando toda una serie de dificultades de interpretación. Es por ello que la Comisión Europea ha presentado un proyecto de recomendación en el que, por razones de claridad, viene a modificarse y reformularse aquel texto original, que tiene como destinatarios expresos a los Estados miembros, el Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Europeo de Inversiones. En el artículo, se analizan las razones que justifican una nueva y más clara definición, junto a algunas valoraciones críticas sobre el proyecto presentado.
La definición convencional de pequeña y mediana empresa, PYME, aplicada por los Estados miembros de la Unión Europea desde 1996, ha venido generando toda una serie de dificultades de interpretación. Es por ello que la Comisión Europea ha presentado un proyecto de recomendación en el que, por razones de claridad, viene a modificarse y reformularse aquel texto original, que tiene como destinatarios expresos a los Estados miembros, el Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Europeo de Inversiones. En el artículo, se analizan las razones que justifican una nueva y más clara definición, junto a algunas valoraciones críticas sobre el proyecto presentado.
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