La protección del medio ambiente se ha convertido en una nueva fuente de legitimación del tributo. Instrumento económico de protección ambiental, todo impuesto debe, para poder ser implementado, superar el test de compatibilidad con los principios constitucionales de la imposición (legalidad, igualdad, capacidad contributiva, etc.) En la medida en que el sistema constitucional francés no admite claramente el valor constitucional del principio " quien contamina, paga ", numerosas son las cuestiones jurídicas planteadas por los impuestos ambientales. Este trabajo rescata la experiencia francesa en materia de fiscalidad ambiental, a la luz de la jurisprudencia de su Consejo constitucional. Más específicamente, evalúa el proceso de implementación sesgada del Impuesto General sobre las Actividades Contaminantes (TGAP), cuyo fracaso se debió en gran parte a sus sucesivas tachas de inconstitucionalidad. Si bien el mercado de cuotas de emisión promovido por el Protocolo de Kyoto restringe el campo potencial de aplicación de los impuestos ambientales, ambas herramientas deben idealmente utilizarse de manera interactiva para optimizar la protección del medio ambiente, motivo que actualiza la importancia de su articulación jurídica con los principios constitucionales de la imposición.
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