La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid desestimó la tutela del derecho de oposición a la publicación del número de colegiado, en el listado de profesionales, solicitada por un colegiado de un Colegio Profesional de Madrid, al considerar que no habían sido acreditados suficientemente los motivos fundados y legítimos que justificaran la oposición.
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