Con base en los artículos 61 y 62 de la Ley Concursal, que regulan los efectos de la declaración de concurso sobre los contratos sinalagmáticos, se determina el régimen general de los efectos de la declaración de concurso del comprador en la compraventa de inmuebles. Y con base en los artículos 56 y 90 de la misma Ley se precisan estos mismos efectos cuando la compraventa se encuentra sometida a condición resolutoria por impago del precio, distinguiendo según se trate de bienes afectos o no afectos a la actividad profesioanal o empresarial del concursado
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