bjetivo del presente artículo es acercarnos a un conocimiento de los requisitos que sobre auditoría legal se propone conseguir la "nueva Octava Directiva", donde el apodo de nueva viene como consecuencia de derogar la Directiva 84/253/CEE del Consejo (Octava Directiva). Esta reforma ha sido originada por la necesidad de armonizar la auditoría legal en los Estados miembros de la UE y su transposición tiene como límite el 29 de junio de 2008. En este trabajo se reflexiona sobre el contenido de las disposiciones existentes en España y su grado de cumplimiento en el ámbito regulado por la nueva directiva. Para ello, se analiza qué establece la Octava Directiva (2006) y qué se vislumbra para el futuro inmediato; comparándola con la situación legal normativa recogida, básicamente, por la Ley de Auditoría de Cuentas (LAC) en España. De dicha comparación, resultarán los puntos clave a transponer y si los mismos son más restrictivos en nuestro país.
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