El paciente tiene derecho a conocer los datos de su titularidad que figuren en la historia clínica (nunca los de terceras personas) debiendo facilitársele la información en el plazo de un mes desde la recepción de su solicitud, y sin que este derecho tenga porqué suponer el facilitarle una copia de su historia clínica pero no tiene la potestad de prohibir el tratamiento informatizado de los mismos.
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