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Contenido jurídico-social de las ordenanzas municipales de fines del pasado siglo. Importancia de las mismas en los municipios rurales

  • Autores: Cirilo Martín-Retortillo
  • Localización: Revista de Estudios Agrosociales, ISSN 0034-8155, Nº. 12, 1955, págs. 55-78
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Se hace un estudio de estas Ordenanzas en su contenido social y en su contenido jurídico-civil, destacando la tutela exagerada que en las mismas se consagra a la potestad dominical, regulando importantes limitaciones y restricciones al derecho de propiedad, fundadas especialmente en la defensa de la ganadería. Como final del trabajo se contempla la proyección de estas Ordenanzas en la nueva Ley de Régimen Local y en sus Reglamentos, en los que se reconoce la importancia e interés de las mismas, como se pone de manifiesto al disponer de una manera expresa y correcta el artículo 108 de la citada Ley que, "en la esfera de su competencia, los Ayuntamientos podrán aprobar Ordenanzas y Reglamentos, y los alcaldes dictar bandos de aplicación general en el término municipal, pero sin que unas y otros puedan contener preceptos opuestos a las leyes y disposiciones generales". REGIMEN DE LAS COLONIZACIONES DE INTERES LOCAL, por Gerardo Neyra Govantes 79 Después de un estudio histórico sobre la idea colonizadora en nuestra patria, se hace referencia a la legislación actual sobre la materia, que arranca de la Ley de 25 de noviembre de 1940, que es derogada por la de 27 de abril d 1946, desarrollada por su Reglamento de 27 de enero de 1947 y complementada por la Ley de 30 de marzo de 1954, que incluye los préstamos con interés, Decreto de 16 de junio del mismo año y Orden de 28 de julio de 1954. Dadas las numerosas disposiciones publicadas con posterioridad a la Ley de 1946, que han roto la unidad de esta Ley y restado claridad a su conocimiento por los beneficiarios, el presente trabajo se dirige a lograr una sistematización del conjunto de esta legislación, a través del desarrollo de las normas substantivas generales, para luego presentar aquellas normas substantivas de carácter particular por razón de los beneficiarios, de la índole de la obra o mejora auxiliable o en atención a la clase de auxilios. Como complemento del trabajo se insertan unos datos estadísticos de distribución o grupos de clases de obras de los auxilios concedidos, con expresión de los presupuestos y superficies, hasta el día 1 de octubre de 1955.


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