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Aspectos sociales de la caza

  • Autores: Francisco Ortuño Medina
  • Localización: Revista de Estudios Agrosociales, ISSN 0034-8155, Nº. 70, 1970, págs. 7-23
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Hasta la aparición del nuevo texto legal, objeto del presente comentario, las actividades cinegéticas en España estaban regidas por la Ley de 16 de mayo de 1902, de marcado signo liberal. La nueva Ley parte del principio de que a un número creciente de cazadores debe corresponder un incremento proporcional de las disponibilidades de caza. Otra preocupación fundamental es la de evitar que el libre juego de los factores económicos desplace a los cazadores económicamente menos fuertes y la caza quede reducida a un privilegio de los poderosos. Se establece una serie de actuaciones encaminadas a conseguir que exista la mayor cantidad posible de terreno en que la caza sea debidamente atendida y ordenadamente aprovechada. En este sentido, se ha previsto la creación de reservas nacionales de caza; cotos privados, análogos a los existentes en la antigua ordenación; cotos locales, formados por agrupaciones de propietarios y patrocinados por los Ayuntamiento o Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos; terrenos sometidos a caza controlada a cargo de Sociedades de Cazadores colaboradoras del Ministerio de Agricultura, y, finalmente, los cotos sociales, administrados por el propio Servicio de Pesca Continental, Caza y Parques Nacionales y que podrán ser utilizados por toda clase de cazadores.


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