La existencia de conflictos entre normas constituye un viejo tópico de la teoría general del Derecho al que no escapa el ordenamiento jurídico internacional. En efecto, el carácter marcadamente descentralizado de éste, unido a la ausencia de un legislador universal explican, a la vez que provocan, la existencia de tratados internacionales sucesivos y concurrentes que regulan una misma materia y que pueden llegar a contener disposiciones contradictorias entre sí, esto es, normas en conflicto. Esta indeseable, pero cierta, situación aboca al problema último de la imposibilidad de cumplimiento de sendas obligaciones convencionales, al que el art.... (Leer más) 30 de la Convención de Viena sobre Derecho de los tratados intenta dar solución. Un ejemplo elocuente de esta problemática lo encontramos en el Derecho del mar, un ámbito donde la proliferación normativa es una realidad, tan patente como necesaria, y que no escapa al problema de los conflictos convencionales. Por ello, entendemos necesario un estudio de las reglas que rigen la aplicación de tratados sucesivos concernientes a la misma materia, y por ende su aplicación al mare magnum existente en el Derecho del mar, más aún tras la entrada en vigor el 11 de diciembre de 2001 del Acuerdo de Nueva York de 1995 sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de 1982 relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios.
The existence of conflicts between norms is an old topic of the General Theory of Law that also impacts the International Law. Indeed, the decentralized character of this regime and the absence of a universal legislator both cause and explain the existence of successive international treaties addressing the same matter but containing contradictory provisions, in other words, norms in conflict. This undesirable but undeniable situation derives from the impossible execution of the both conventional obligations; article 30 of the Vienna Convention on the Law of Treaties tries to resolve this problem. We find a significant example of this problem... (Leer más) in the Law of the Sea, a sector in which the normative proliferation is an obvious and necessary fact, and a sector that does not escape the conventional conflicts. For these reasons, we believe to be necessary a study of the rules that regulate the application of successive treaties concerning the same matter and their application to the mare magnum of the Law of the Sea, all the more after the entry in force from 11 December 2001 of the New York Agreement of 1995 for the implementation of the provisions of the UN Convention relating to the conservation and management of straddling fish stocks and highly migratory fish stocks.
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