La aparición de nuevas formas de comunicación a través de las nuevas tecnologías propicia, también, la inmediata divulgación de contenidos ilícitos mediante los denominados servicios de la sociedad de la información que pueden atentar contra los derechos fundamentales de las personas y, en especial, contra la dignidad humana. Las instituciones comunitarias han aprobado una Directiva que regula, muy parcialmente, la responsabilidad en la que pueden incurrir quienes divulguen contenidos ilícitos, estableciendo un amplio criterio de exoneración de aquella responsabilidad para facilitar el desarrollo de Internet y del comercio electrónico. La transposición en España de esa Directiva sigue tales principios favoreciendo que muchas conductas reprobables escapen de la responsabilidad civil que debería afrontar todo aquel que ocasiones, propicie, permita o divulgue aquellos contenidos.
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