El objeto del presente trabajo está constituido por la situación (entrada y residencia) de los familiares, nacionales de terceros Estados, de españoles, excluida del régimen general de extranjería, establecido en la LOEXIS y su Reglamento de desarrollo. Su régimen aparece contemplado en el RD 178/2003, de 14 de febrero, cuyo artículo 2 considera como familiares a los cónyuges, descendientes y ascendientes, que cumplan los requisitos síguientes: al cónyuge: no estar separado de derecho; al descendiente: ser menor de 21 años o mayor de 21 años sí acredita vivir a sus expensas; al ascendiente: acreditar su dependencia económica del ciudadano español. Al no estar suficientemente desarrollado el régimen jurídico de estos familiares en la citada norma, se hará una comparación de su situación con la de los familiares nacionales de terceros Estados de los ciudadanos comunitarios y con el régimen de reagrupación familiar de los extranjeros no comunitarios residentes en nuestro país.
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