la Directiva Europea sobre Propiedad Intelectual requiere a cada estado miembro la elaboración de leyes con objeto de proteger las medidas tecnológicas usadas por los propietarios intelectuales para controlar el acceso a sus trabajos protegidos. Muchos estados miembro están elaborando borradores de esas leyes. Este artículo revisa la experiencia norteamericana con el Decreto sobre la Propiedad Intelectual Milenio Digital y argumenta que la implementación de la legislación de los estados miembro en esta materia debería incluir excepciones, permitiendo sortear esas medidas para usos legítimos y actividades socialmente provechosas. Además analiza el nuevo régimen de protección tecnológica contemplado en el borrador del 2003 de la Directiva Europea para la Aplicación de los Derechos de Propiedad Intelectual
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