El concepto de Economía Social en España posee una definición práctica a pesar de las imprecisiones en la limitación de los límites del llamado 'tercer sector'. Las formas jurídicas de las empresas que pertenecen a la economía social se caracterizan por sus estructuras productivas y empresariales democráticas, por los procesos de participación y cogestión o autogestión. Las empresas más representativas de este sector son las llamadas Sociedades Anónimas Laborales y las Cooperativas. Esta ponencia examina comparativamente la legislación de las distintas Comunidades Autónomas de España con especial referencia a la regulación de las SALES y empresas cooperativas, seguido por un análisis de la Ley General de Cooperativas. Concluye afirmando que la actual legislación es válida en cuanto que permite la operatividad de las cooperativas conforme a sus principios pero carece de pragmatismo mercantilista, de exceso intervencionista y de inseguridad publicitaria registral.
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