Se suponía que ésta iba a ser la última publicación de este artículo, pero al igual que muchas otras veces, la materia es muy amplia y el tema de gran actualidad, con lo que al menos habrá otra entrega.
l final de la anterior publicación se incorporó una reseñe sobre lo que debía tratarse en la siguiente entrega, indicándose que el aspecto fundamental era dar respuesta a tres preguntas claves relacionadas con el "Pago por Calidad":
o ¿Cuál es la información que los pliegos deben solicitar a los licitadores? o ¿Cuáles deben ser los criterios de valoración de este tipo de ofertas y cómo deben aplicarse? o ¿Cómo realizar la oferta del servicio? Tal vez debió reseñarse también que habría una explicación inicial sobre qué entienden los ayuntamientos por "Calidad". Tal y como se expondré a continuación, las diferencias son muy significativas:
o No creen posible controlar la calidad de los servicios de aseo urbano.
o Creen en la posibilidad de desarrollar este tipo de control, pero consideran más interesante invertir todos los recursos en el servicio.
o "Servicio No Realizado, Servicio No Pagado".
o "Pago por la Calidad de cada uno de los Trabajos".
o "Pago por el Resultado Final Obtenido", lo cierto es que el sector se encuentra inmerso en un proceso de evolución, en el que deberán trabajar en común: los ciudadanos, las Administraciones Públicas, los especialistas y las empresas explotadoras. No percatarse de este hecho, como en este momento sucede con las grandes empresas del aseo urbano, puede abrir la puerta a empresas medianas dispuestas a toda costa a ganar cuota de mercado.
Los conceptos serán explicados con el apoyo de un ejemplo correspondiente a un municipio ficticio, que ya ha sido utilizado en otros artículos, aunque habrá también referencias a casos reales para fijar los conocimientos. Todo ello en aras de hacer comprensible algo que acaba de nacer: el "Pago por Calidad".
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