El artículo 23 del Código Penal de 1995 establece que el parentesco es circunstancia que puede atenuar y agravar la responsabilidad penal, atendidas las circunstancias del delito. Esta previsión no es nueva, ya que ha figurado, de manera semejante, en todos los Códigos Penales españoles, pero los cambios sociales que se han producido, de manera vertiginosa, en los últimos años, han generado nuevas interpretaciones jurisprudenciales, según cabe ver en la siguiente selección.
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