El art. 21.6 del CP establece que es atenuante del delito «cualquier otra circunstancia de análoga significación que las anteriores». De este modo, se abre la posibilidad de considerar causas de atenuación de la responsabilidad penal sobre la base de la analogía, lo que provoca indudables problemas técnicos y prácticos. En este trabajo se analizan todas las posibilidades de aplicación de esta previsión legal.
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