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La imposibilidad de que existan tributos sin liquidación

  • Autores: Hugo de Brito Machado
  • Localización: Crónica tributaria, ISSN-e 2695-7566, ISSN 0210-2919, Nº 118, 2006, págs. 29-36
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En las relaciones jurídicas obligativas, resultantes de la ley, cuya prestación dependa de acierto, éste puede ser hecho por consenso entre las partes, cuando se refiera a derechos disponibles. Si el derecho es indisponible, el acierto de la prestación debe ser hecho por tercero, árbitro o juez, o por la parte acreedora, independientemente de la voluntad de la parte deudora, como ocurre en las relaciones tributarias en la "determinación". Si por tributo se entiende una prestación pecuniaria compulsoria que depende de acierto, y si la ley atribuye al Fisco competencia para hacerlo, hay que concluir por la imposibilidad jurídica de tributo sin determinación.


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