María Cristina Fernández Fernández
Los negocios de asistencia financiera para la adquisición de las propias acciones están prohibidos tanto en España como en U.K. Pero, mientras que la regulación de este tipo de negocios en las sociedades anónimas españolas (art.81 L.S.A.) y public companies británicas (s.151 CA 1985) es prácticamente idéntica -coincidencia ineludible por la necesidad de implementación de la Segunda Directiva comunitaria en ambos países-, las diferencias entre el régimen que sufren las sociedades de responsabilidad limita-da en España (art.40.5 L.S.R.L.) y el régimen del que disfrutan las private companies inglesas (s.155 y ss. CA 1985) son muy importantes.
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